Roberto Rivello: cómo trabaja el Comité de Ética de la FIDE

por ChessBase
16/05/2007 – Roberto Rivello es juez de lo penal y profesor de Derecho y Organización Internacional en la Universidad de Turín. Además, es también el nuevo Presidente del Comité de Ética de la FIDE, que se encarga de casos como el de la denuncia contra Nigel Short. Solicitamos a Roberto que nos diese su opinión y nos explicase el procedimiento que se sigue. "Todas las decisiones que vaya tomando el Comité de Ética se publicarán oficialmente pero, por supuesto, al final del procedimiento. Tengo que decidir sobre todos esos casos y por tanto no puedo hacer ninguna valoración", concluyó sus amplias explicaciones...

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Conocíamos a Roberto, actual Presidente del Comité de Ética de la FIDE, por su presencia en el LXXVI Congreso FIDE en Dresde 2005 y también de la Olimpíada de Ajedrez en Turín 2006 en donde nos facilitó material para realizar un reportaje. Recientemente nos hemos puesto en contacto con él para solicitarle que nos explicase el trabajo del Comité de Ética de la FIDE y después de unos días recibimos su respuesta.


¿Cantándole cuatro verdades a Nigel? La verdad es que no. En la foto, Roberto Rivello y Nigel Short conversaron durante el Congreso FIDE en Dresde 2005.

Estimados amigos de ChessBase:

Con respecto al Comité de Ética de la FIDE procuraré explicar en pocas palabras en qué consiste mi trabajo como presidente del mismo. Como saben, fui elegido durante la Asamblea General de la FIDE en Turín 2006 sin contar con ningún tipo de experiencia previa en el mundo de la FIDE. Antes de salir elegido leí los documentos oficiales que había presentado el anterior presidente del Comité de Ética a las anteriores Asambleas Generales. Me quedé con la impresión de que el Comité sólo había estado activo durante los últimos años, en los que se tomaron decisiones sobre varios casos y hasta imponiendo algunas sanciones significativas.

Después de haber sido elegido, empecé a preocuparme sobre cómo organizar el trabajo en el Comité de Ética. Para ello solicité a la oficina de la FIDE las anteriores decisiones y todo tipo de información disponible sobre los casos pendientes y el procedimiento del Comité de Ética.

El Comité de Ética tiene la tarea de implementar el Código de Ética de la FIDE. Dicho Código puntualiza cuales son las posibles "violaciones" y los aspectos sustantivos de los casos, pero solamente trata el tema del procedimiento del Comité de Ética en los siguientes apartados:

  • 4.2 La infracción de las normas de ese Código por parte de cualquier persona debe ser comunicada a y resuelta por la Comisión de Ética de la FIDE.
     
  • 4.3 El procedimiento será escrito. Las decisiones deberán ser fundamentadas y se plasmarán por escrito.

Eso significa que todos los demás puntos del procedimiento tiene que ser decididos mediante normativas internas, planteadas por el propio Comité de Ética.

Probablemente los anteriores presidentes del Comité de Ética no fueron abogados y no consideraron que ese detalle tuviera importancia. Me enteré que en el pasado, el presidente solía decidir caso por caso cómo serían las normas internas de procedimiento sin expresarlas de manera explícita. En la práctica no hubo normas por escrito, ni vistas o tribunales. Pero eso no era nada extraordinario. Lo mismo ocurría también en muchas otras federaciones deportivas durante los últimos años. Hoy en día es mucho menos común: la justicia en el deporte cada vez es más importante.

En todo caso, yo soy jurista. Soy juez en Italia, en la jurisdicción penal, y también soy profesor de Derecho y Organización Internacional en la Universidad de Turín. Estoy involucrado en la organización para establecer el título Master de Derecho Criminal Internacional y Justicia Criminal Internacional junto con una UNICRI, un organismo de la ONU. Es mi trabajo y para mí las normas son muy importantes. Es más, creo que no es posible tomar decisiones justas sin tener normas previas, incluso en la justicia deportiva.

Cualquier institución, y las instituciones judiciales internacionales en particular, tienen el derecho de autorregulación (fíjense, por ejemplo, en el caso del ICTY, Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia, que ha determinado sus propias normas), por supuesto, dentro de los límites de su competencia. Hasta el Comité de Ética de la FIDE tiene ese poder de "autoregulación" y puede crear sus propias normas en materia procesal , dentro de los límites que suponen las normas fijadas en el Manual de la FIDE.

Por eso para mi era necesario trabajar con algún tipo de "Normas de Procedimiento" mínimas del Comité de Ética, que abarcase los aspectos más importantes, antes de tratar los casos concretos. Informé a los otros miembros del Comité y a la Junta Directiva de la FIDE de mis puntos de vista. Estuvieron de acuerdo conmigo. Así que comenzamos a trabajar en las normas internas.

Después de haber reflexionado y estudiado esos problemas, consultando los estatutos de otras federaciones deportivas, especialmente el "Estatuto de los Órganos que Trabajan en la Solución de Disputas Deportivas" del Comité Olímpico Internacional, preparé un borrador. Con los restantes miembros del Comité de Ética, lo discutimos y mejoramos. Fue interesante, pero no exento de dificultad.

En enero de 2007 envié el proyecto final de las "Normas de Procedimiento de la Comisión de Ética" a la Junta Directiva de la FIDE. El establecer normas sobre el procedimiento es un poder interno del Comité de Ética de la FIDE. En cualquier caso, ese asunto es tan importante que nos planteamos proponer a la propia Junta Directiva de la FIDE y a su Presidente tomar nota de estas Normas de Procedimiento y aprobarlas.

En febrero de 2007, la Junta Directiva de la FIDE y el presidente aprobaron las normas y se publicaron en la página web de la FIDE. Adjunto encontrará una copia de ellas y creo que sería importante que las publicasen en la web de ChessBase (en inglés).

En mi opinión eso ha sido un avance decisivo: ahora existe un Registro de casos, ahora hay normas claras, derechos y garantías para los acusados, la posibilidad de vistas, etc. Pero, por supuesto, no soy yo la persona adecuada para opinar sobre nuestro trabajo.

Mientras tanto, el Comité de Ética ha recibido un número sin precedentes de reclamaciones, algunas de ellas con respecto a casos muy importantes.

De acuerdo con los artículos 6 y 7 de las "Normas de Procedimiento del Comité de Ética", hubo que dar ciertos pasos para identificar a las personas involucradas en las demandas, los hechos descritos en las mismas y las normas del Código de Ética de la FIDE que fueron violadas. A continuación, el presidente del Comité de Ética tiene que informar a la parte demandada de la incoación del caso (Esa es una garantía muy importante para ellos), y fijar un plazo, normalmente de 20 días, para la presentación de los informes y documentos, dejando claro que después el Comité de Ética no aceptará ningún escrito más. Este plazo puede ser prolongado si así se solicita.

En abril de 2007 preparé todos los documentos necesarios para los casos pendientes y solicité el envío de los mismos a la Secretaría de la FIDE, a través de un medio de comunicación que garantizara la entrega correcta, sabiendo cuándo y quién recibía los informes. Se informó a trece personas de la existencia de casos pendientes en el Comité de Ética. Algunos de los acusados ya han presentado los testimonios y documentos o han solicitado una prolongación del plazo. Durante los próximos meses, el Comité de Ética estará en condiciones de decidir sobre todos los casos pendientes.

Estoy seguro de que se podrán imaginar, cuáles son los casos más importantes que quedan pendientes y que Nigel Short les informó sobre su propio caso. Muchas de las quejas han sido publicadas en varias páginas web, por ejemplo, dos casos muy importantes fueron el de los árbitros marroquíes y el del Campeonato del Mundo de Elista. En todo caso yo sólo puedo confirmar su existencia.

Sobre el caso de Nigel Short: hubo una queja contra él, de manera que le informé del caso. En el documento que le mandé, le hemos detallado cuáles son las infracciones que presuntamente ha cometido y cuales son las presuntas violaciones del Código Ético de la FIDE. Fijé un plazo de veinte días para el envío de testimonios y documentos. Nigel solicitó una prolongación del plazo hasta el 15 de junio de 2007. Decidí que su solicitud era justificada y fijé el 15 de junio como nuevo plazo.

Todas las decisiones que tome el Comité de Ética serán publicadas oficialmente pero, por supuesto, al final del procedimiento. Si en algunos casos hubiera una vista, sería pública. Tengo que decidir sobre todos esos casos y por tanto no puedo hacer ningún comentario valorándolos. Lo que sí me gustaría asegurar es que el Comité de Ética es un órgano independiente y que examinaremos y decidiremos muy seriamente todos los casos.

Roberto Rivello
Presidente del Comité de Ética de la FIDE
 

Traducción: Nadja Woisin

Enlaces:

El Código Ético de la FIDE (en inglés)... (tomado del Manual de la FIDE en vigor)

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