El sentido del yo (II)

por Uvencio Blanco Hernández
22/09/2023 – Riesgos y amenazas tienden a multiplicarse limitando las posibilidades de sobrevivencia de la especie humana en un ecosistema en proceso de degradación. El paso dado por el parlamento chileno en relación con el tratamiento de los neuroderechos es histórico. Un modelo que debería ser replicado y mejorado por el resto de las naciones del Orbe. | Foto: Nadja Wittmann (ChessBase)

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¿Debe preocuparse un ajedrecista por la posibilidad de que sus neurodatos sean manipulados?

VI

Principios éticos deben guiar el uso de las neurotecnologías en humanos

Uno de los aspectos más preocupantes sobre esta temática, es el relacionado con el público receptor de dicha tecnología: nuestros niños y jóvenes en proceso de formación; la mayoría de ellos aficionados a los videos juegos y a la práctica del ajedrez a través de la pantalla.

Si bien es cierto que las primeras aplicaciones creadas a este respecto, BCI, fueron realizadas específicamente para pacientes con diferentes problemas neurológicos,en la actualidad existen una serie de aplicaciones neuro tecnológicas en el mercado con diversos fines no clínicos (Por ejemplo: Nextmind, Neurosky, etcétera). Cabe destacar que el mayor campo de actuación de esta tecnología (a nivel no clínico) se está centrando en el desarrollo de videojuegos, siendo el público en mayor parte menores de edad, con el tratamiento de datos de carácter personal de un colectivo vulnerable que esto conlleva. (Pérez Bastardo, 2023)

Los principios éticos que deben guiar el uso de las neurotecnologías en seres humanos incluyen:

  • Identidad personal. El desarrollo y uso de neurotecnologías deben respetar la identidad personal de los individuos, preservando su autonomía y su sentido del yo.
  • Autonomía. Las neurotecnologías deben respetar la autonomía de las personas, permitiéndoles tomar decisiones informadas y tener control sobre su propia mente y cuerpo.
  • Privacidad. Es fundamental proteger la privacidad de los individuos en el contexto de las neurotecnologías. Esto implica garantizar la confidencialidad y seguridad de los neurodatos, así como obtener el consentimiento informado para su recopilación y uso. Protección de datos: El uso de neuro tecnologías debe cumplir con las normas y regulaciones de protección de datos personales. Esto implica garantizar la seguridad y confidencialidad de los neurodatos, así como el derecho de las personas a acceder, rectificar y eliminar sus datos.
  • Beneficio y no maleficencia. Las neurotecnologías deben utilizarse para el beneficio de las personas y la sociedad en general. Se debe evitar cualquier daño o perjuicio a la salud y el bienestar de los individuos.
  • Equidad y justicia. El acceso a las neurotecnologías debe ser equitativo y no generar desigualdades sociales. Se debe garantizar que todas las personas tengan igualdad de oportunidades para beneficiarse de estas tecnologías.

Estos principios éticos buscan proteger los derechos y la dignidad de las personas en el uso de las neurotecnologías, asegurando que se utilicen de manera responsable, respetando la autonomía y la privacidad de los individuos.

VII

Medidas se pueden tomar para proteger el derecho a la identidad personal en el uso de las neurotecnologías

Para proteger el derecho a la identidad personal en el uso de las neurotecnologías, se pueden tomar las siguientes medidas:

  • Establecer límites y regulaciones. Es necesario establecer límites y regulaciones para prohibir que la tecnología altere el concepto de uno mismo. Esto implica establecer regulaciones específicas que protejan el derecho a la identidad personal y eviten la manipulación o alteración de la identidad personal a través de la neurotecnología.
  • Consentimiento informado. Las personas deben dar su consentimiento informado antes de que se recopilen y utilicen sus neurodatos. Deben recibir información clara y comprensible sobre cómo se utilizarán sus datos y tener la opción de aceptar o rechazar su uso.
  • Anonimización de datos. Los neurodatos deben ser anonimizados para proteger la identidad de las personas. La anonimización implica eliminar cualquier información que pueda identificar a un individuo específico.
  • Seguridad de datos. Se deben implementar medidas de seguridad adecuadas para proteger los neurodatos de accesos no autorizados, pérdida o robo. Esto incluye el uso de encriptación, firewalls y protocolos de seguridad robustos.
  • Educación y conciencia. Es importante educar a las personas sobre los neuroderechos y cómo pueden proteger sus derechos y su privacidad. La conciencia sobre la importancia de la privacidad y la protección de datos puede ayudar a las personas a tomar decisiones informadas y precauciones adicionales.
  • Supervisión y cumplimiento. Es necesario establecer mecanismos de supervisión y cumplimiento para garantizar que las organizaciones y entidades que recopilan y utilizan neurodatos cumplan con las regulaciones y protejan la privacidad de las personas.

VIII

Conclusiones

Riesgos y amenazas tienden a multiplicarse limitando las posibilidades de sobrevivencia de la especie humana en un ecosistema en proceso de degradación. El paso dado por el parlamento chileno en relación con el tratamiento de los neuroderechos es histórico. Un modelo que debería ser replicado y mejorado por el resto de las naciones del Orbe.

  • El "sentido del yo" en el contexto de las neurotecnologías se refiere a la identidad personal y la naturaleza del yo, que pueden ser alterados por la neurotecnología, lo que hace que los neuroderechos sean importantes para proteger la privacidad, la autonomía y la dignidad de las personas.
  • Proteger el sentido del yo en el contexto de las neurotecnologías es importante para salvaguardar la autonomía, la privacidad, la integridad y la dignidad de las personas. Preservar nuestra identidad personal nos permite mantener el control sobre nuestras vidas y decisiones, evitando la manipulación y el control indebido por parte de las tecnologías.
  • Estos riesgos pueden variar dependiendo del tipo de neurotecnología y su aplicación específica. La protección de los neuroderechos, como el derecho a la identidad personal, busca mitigar estos riesgos y garantizar la privacidad, la autonomía y la dignidad de las personas en el contexto de la neurotecnología.
  • La neurotecnología es un campo en constante desarrollo que busca comprender y utilizar tecnologías para interactuar con el sistema nervioso humano, especialmente el cerebro, con el objetivo de mejorar la salud y el funcionamiento cognitivo.
  • Debemos considerar los aspectos éticos y sociales de la implementación de estas tecnologías, ya que pueden implicar el acceso a información privada y la manipulación del cerebro humano. Por lo tanto, se sugiere que se lleven a cabo debates políticos, científicos y civiles sobre la implementación de estas tecnologías.
  • Para proteger el derecho a la identidad personal en el uso de las neurotecnologías, es necesario establecer límites y regulaciones, obtener el consentimiento informado, anonimizar los datos, implementar medidas de seguridad, educar y concientizar a las personas y establecer mecanismos de supervisión y cumplimiento. Estas medidas son fundamentales para garantizar la privacidad y la protección de los derechos de las personas en el contexto de la neurotecnología.
  • Finalmente, aunque en la actualidad no contamos con evidencia de que los neurodatos de un ajedrecista sean manipulados, es importante tener en cuenta que la tecnología de neurotecnología está en constante evolución y puede haber riesgos potenciales asociados con la recopilación y el uso de tales neurodatos. De hecho, la Ley de Neuroderechos de Chile y las propuestas de investigadores como Rafael Yuste, son algunos de los esfuerzos para proteger la privacidad y la integridad mental y psíquica de las personas frente a la manipulación y el uso indebido de los neurodatos.

Fuentes y enlaces


Uvencio Blanco Hernández, Venezuela. Comisión Ajedrez y Educación FIDE. Escritor, Investigador, Conferencista, Árbitro Internacional, Organizador Internacional, Entrenador, Profesor de Ajedrez ECU y Lead School Instructor FIDE.